En las próximas páginas, desarrollaré cuatro tipos de lectura de la Carta Magna: documental, legal, cultural y constitucional. En primer lugar, la lectura de los documentos encuentra importantes enmiendas a la carta de 1215, como los «estovers de las viudas» o la Carta del Bosque en su totalidad. Estas conducen al concepto de procomún, que es asido como un ancla de esperanza en la tormenta. Tanto la citada Carta como su adición [de 1217] fueron confirmadas el día 11 de septiembre del año 1217, como demuestra el primer capítulo. En segundo lugar, y sobre todo en el séptimo capítulo, sigo una lectura legal de la historia de Estados Unidos mediante la interpretación del artículo XXXIX y el habeas corpus, el juicio con jurado, la prohibición de la tortura y el «debido proceso» de ley, todas ellas cuestiones de esta. El tercer tipo de lectura es cultural. Toma como base la música, los murales, el teatro, la pintura, la arquitectura y la escultura. En ocasiones estas representaciones pueden ser icónicas o casi sagradas y han llevado fácilmente al chovinismo y a un sentimiento apenas disimulado de superioridad racial, cuyos orígenes se describen en el tercer y cuarto capítulo. En cuarto lugar, la Carta Magna posee una historia constitucional debido a su carácter de armisticio entre poderes beligerantes, como un tratado que finaliza una rebelión. La Carta Magna expresaba un acuerdo entre la Iglesia y el Estado, los barones y el rey, los mercaderes urbanos y la realeza, las esposas y los maridos, los plebeyos y los nobles. Fue un digno producto de la rebelión, tal y como la Declaración de Independencia de Estados Unidos de 1776 fue resultado de la sugerencia de Tom Paine de una «carta magna» americana. En mayo del 2006, se realizó una encuesta a los británicos y su opción preferida para un nuevo «día nacional» fue el Día de la Carta Magna. El décimo capítulo y las conclusiones tratan de renovar esta acepción.
http://www.acuedi.org/ddata/F7983.pdf
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